Noviembre 25, 2004 12:37
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Incluimos el fallo completo de la Cámara de San Martín:

 

DURO REVES A  LA VIEJA GUERRILLA Y AL PASADO DEL ODIO

 

Como lo adelantó Seprin en exclusiva, este martes por la noche, la cámara de San Martín avaló las leyes de amnistía y declaró inconstitucional a la ley que "derogaba las leyes de obediencia de vida y punto final".

 

La Cámara Federal de San Martín dispuso, en un fallo dado a conocer en forma exclusiva por Seprin, el martes 23-11-2004, que las leyes de punto final y de obediencia debida son válidas y, por lo tanto, los militares acusados de cometer violaciones de los derechos humanos durante el último gobierno militar no pueden ser juzgados por aquellos crímenes.
 
La sala primera del tribunal -integrada por los camaristas Hugo Fossati, Jorge Barral y Narciso Lugones- declaró la vigencia de las leyes, al admitir un planteo de la defensa de 28 imputados en la vieja causa Campo de Mayo.
 
Esa investigación se reabrió tras la declaración retroactiva de nulidad de las leyes exculpatorias por el Congreso. Pero la Cámara declaró que esa anulación legislativa es inconstitucional y que vulnera la seguridad jurídica.

El fallo cuestiona la decisión del Congreso de haber derogado con retroactividad una ley, y destaca que declarar la nulidad es una potestad del Poder Judicial, y no del Legislativo.


Unos 2.000 militares que podían ir a la Justicia a partir de los cambios que el Congreso introdujo, quedarían exentos, ya que los camaristas sostienen que no se puede avanzar sobre los derechos adquiridos.

 

Esto fue adelantado por Seprin en un  informe:

 

1700 militares podrían ser detenidos en los próximos meses. La foto de Zaffaroni jurando como "Juez del proceso militar" [ampliar]

 

 

El fallo de 38 páginas desde el artículo 1º cuestiona al Parlamento, ya que sostiene que la anulación del las leyes no buscó ser una declaración de carácter político, sino que persiguió privar de todo efecto a las derogadas leyes del perdón.

Los jueces sostienen que el Congreso "carece de facultades para anular leyes". Puede modificar, sancionar y derogar, pero la anulación es una facultad del Poder Judicial.

Si el Tribunal de Casación posterior avala este fallo, el criterio alcanzará a toda la Justicia Federal , provocando la caída de las causas que se reabrieron contra militares que ya habían sido juzgados y beneficiados por las leyes aprobadas durante la gestión de Raúl Alfonsín.

 

-Ver el Fallo completo de la Cámara : [ampliar]

-Ver el Fallo en PDF: [ampliar]

-Bajar el Fallo en Archivo Zip: [ampliar]

 

 

Como tema relacionado, es redestacar que “El ex comisario Miguel Etchecolatz, condenado a 23 años de prisión por violaciones a los derechos humanos” esta en una celda común en el penal de Villa Devoto, ya que a pesar de tener mas de 70 años, el Juez entendió que los “crímenes” por los cuales se lo condenó no ameritan tan privilegio de tener arresto domiciliario…

 

 

Fuentes: Con información de Infobae y Seprin

 
 

NOTA :(©) Todas las informaciones son de libre difusión y uso siempre que se mencione la fuente ( Seprin.com) .

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