Abril 19, 2004 14:59
----------------------------------------

Personas On Line en SEPRIN :

Envía esta página algún amigo


EL HUNDIMIENTO DEL “MARIA ALEJANDRA” RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA COMPARTIDA POR LA SAGPyA Y PNA.



EXPLICACION Y PROCEDIMIENTOS...

La tarea mas difícil para la Prefectura cuando se Hunde un buque es establecer las causas del hecho porque es muy difícil y costoso realizar peritajes a buques Hundidos por la profundidad en que estos se producen.

Estos acaecimientos se deben a condiciones hidrometeoro lógicas especiales o son por factores humanos.

Prefectura somete a los buques a inspecciones técnicas que son las que habilitan a una nave a zarpar de puerto asegurando así la protección de la Vida Humana en el Mar...

 

 EXPLICACION Y PROCEDIMIENTOS...

La tarea mas difícil para la Prefectura cuando se Hunde un buque es establecer las causas del hecho porque es muy difícil y costoso realizar peritajes a buques Hundidos por la profundidad en que estos se producen.

Estos acaecimientos  se deben a condiciones hidrometeoro lógicas especiales o  son por factores humanos.

Prefectura somete a los buques a inspecciones técnicas que son las que habilitan a una nave a zarpar de puerto asegurando así la protección de la Vida Humana en el Mar...

Prefectura “ garantiza” que todo buque que este navegando y haya zarpado de un puerto Argentino sea “despachado  para zarpar cumplimentando todas las condiciones de seguridad requeridas por la Legislación Nacional e Internacional abarcando también los convenios Internacionales SOLAS-MARPOL”

Cuando se hunde un buque las responsabilidades son Penales-Civiles-laborales.

El Código Penal en su Art. 190 establece de los siniestros de buques penando por poner en riesgo la embarcación como a sus tripulantes mediante actos intencionales que atenten contra la seguridad mientras se encuentran navegando. Si de estas conductas se produce el hundimiento, se produce el agravamiento de la pena fijándose en 10 años la mínima (2 mas que el Homicidio simple) y en 25 la máxima.

El Art. 196 establece el tipo culposo del delito cuando se causa  un naufragio por imprudencia o negligencia.

Las Primeras actuaciones la efectúa la Prefectura que las eleva al Juzgado Federal, puesto que la justicia Federal es competente cuando se pone en riesgo la seguridad de la Navegación.

Los armadores quedan eximidos de la responsabilidad cuando el hundimiento se produce por una  maniobra equivocada del Capitán o tripulación.

Los hundimientos provocan colateralmente daños muy serios ambientales por los Hidrocarburos que se van eliminando del buque siendo estos mucho mayores y graves  cuando ocurren en áreas de pesca, puesto que dañan de manera directa a la Biodiversidad.

 

El HUNDIMIENTO DEL “ MARIA ALEJANDRA”

  53 metros de eslora y 9 metros de manga- Matricula 5482

Permiso de pesca Irrestricto. Expte SAGPyA 804622.

 

Ocurrido en Diciembre del 2003 al desplazarse la red hacia la banda de Estribor con el pescado dentro de esta, provocando así la escora (inclinación) del buque hacia la banda de Estribor. Quede claro que la captura no es anormal dado que al subir el pescado por la rampa puede cerrar las puertas de popa de la misma, cosa que no es factible cuando la captura es extraordinaria quedando esta “flotando a popa”...

Los buques en si mismos están diseñados para soportar escoras pronunciadas provocadas por  temporales, o maniobras de gobierno.

 

En este caso la escora  No fue el motivo del hundimiento de este buque.

Sino el agua que ingresaba por el  ducto ilegal de descarte de pescado...

A  raíz del buen tiempo reinante el día del acaecimiento  se podría haber trasvado combustible a la banda contraria a la escora y simultáneamente tirar este al mar para enderezar la nave.

El Jefe de Maquinas no pudo efectuar las maniobras descriptas  para evitar este hundimiento por la cantidad de agua que ingresaba a la sala de maquinas desde la planta de procesamiento de pescado por un ducto ilegal construido por la empresa, visto por la PNA y los Inspectores de la SAGPyA ...

Al estar el buque escorado por el corrimiento de la red y su captura, provoco que la “Boca del Ducto del sinfín descarte ILEGAL  de pescado se sumergiera quedando bajo agua ...

AL  NO  POSEER ESTE DUCTO DE IMPORTANTE TAMAÑO UNA VÁLVULA DE RETENSION CON ACCIONAMIENTO MANUAL  PARA CERRAR  ESTA ENTRADA DE AGUA AL PARQUE  DE PESCA,QUE INGRESO  EN GRAN CAUDAL   A SALA DE MAQUINAS DEPOSITÁNDOSE DEL LADO DE LA ESCORA ,AGRAVANDO MAS ESTA CADA MINUTO, SIN POSIBILIDAD DE DESAGOTAR ESTE CAUDAL  CON LAS BOMBAS DEL BUQUE  LLEGANDO EL AGUA A LA ALTURA DE LOS GENERADORES,QUEDANDO EL BUQUE SIN ELECTRICIDAD, IMPOSIBILITANDO ASI SU RECUPERACIÓN...

 

LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD PROVOCAN DEPREDACIÓN –HUNDIMIENTOS Y MUERTES.

 

La empresa GIORNO propietaria del  “MARIA ALEJANDRA” no cumplió jamás con la Ley de Emergencia Pesquera 25.109 dictada en 1999 que en su Art. 8 establecía que todo buque factoría o congelador debe tener planta de harina, para el tratamiento de residuos producidos por la elaboración de pescado y el aprovechamiento total de todas las especies, aun sin  interés comercial que es arrojado al mar violando la Ley Federal de Pesca 24.922 y la Ley general de medio ambiente...

Tampoco presento la empresa recurso de amparo alguno ante la justicia por no tener la planta de harina mencionada, haciendo hincapié en alguna imposibilidad para su instalación...

Esto habla de la total connivencia de las autoridades que deben ejercer el control de los parámetros de depredación y control del Medio Ambiente.

Un ejemplo que da mas luz sobre el tema: Tampoco fue sancionada jamás la empresa por las Autoridades de Fiscalización Pesquera dependientes de la SAGPyA por incumplir esta disposición legal...

( IMPUNIDAD TOTAL )

Tampoco la SAGPyA hizo hincapié en la violación de la no  utilización de trituradoras para los residuos de elaboración y pescados sin interés comercial...

Las autoridades de Control dependientes de la SAGPyA  tenían conocimiento pleno de este sinfín, pues ellos tienen planos de las plantas de elaboración y sus dispositivos de tratamiento de residuos y conocían este incumplimiento de manera fehaciente...

Las Autoridades de Control pesquero DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE PESCA DE LA  NACION  NO HICIERON DENUNCIA ALGUNA A LA FECHA EN DEFENSA DEL PATRIMONIO ICTICOLA Y EL MEDIO AMBIENTE NACIONAL...

La Prefectura Naval incumplió sistemáticamente su deber al no impedir la zarpada del buque estos años sin que este ducto tuviese la válvula de retensión con accionamiento manual para asegurar así la estanqueidad del buque...

La Prefectura tiene planos del buque y toda descarga al mar figura en ellos ...

La Prefectura violo/a todas las normas que debe aplicar además de los conceptos de precautoriedad que menciona la Ley General de Medio Ambiente...

La Prefectura sabe perfectamente que su deber es Garantizar la Seguridad de la Vida Humana en el Mar...

La Prefectura sabe muy bien que no es posible autorizar zarpar un buque que incumpla lo establecido por la Ley de la Navegación el convenio Internacional SOLAS y MARPOL...

La Prefectura instruye el sumario del Hundimiento sin tratar la responsabilidad del Armador ni la Propia. Basándose en que la red se corrió el buque escoro y se hundió...

La Prefectura utilizara finalmente al Capitán como el “Pato de la Boda” soslayando así  su directa responsabilidad en la Connivencia Certificada que provoco el Hundimiento de esta Nave, que no se hundió dándose vuelta progresivamente por que la red no podía seguir ella misma escorando mas el buque, sino lo que fue el motivo real, el agua que entraba por donde jamás debió ...

Los buques son construidos para soportar escoras, temporales, para subir las redes cargadas al máximo. Pero no se mantienen a flote si tienen aberturas sin cierres estancos  tan cercanos a la línea de flotación, y no hay Ingeniero Naval en el mundo que autorice esto por la inseguridad a la que esto conlleva.

Lo aquí descrito esta denunciado en la causa 15540 por el daño ambiental que provoca, la contaminación y  arrojar restos de pescado al mar, no tener plantas de harina de pescado, no tener trituradoras y burlar las normas  de Seguridad de la Navegación.

Porque el ducto es admitido por la empresa sabiendo de su ilegalidad fehacientemente y soslayado por la complicidad de los Fiscalizadores de la secretaria de pesca y la Prefectura Naval Argentina...  

 

 

MAS PRUEBAS DE IMPUNIDAD CERTIFICADAS...

 

El Buque de la empresa Moscuzza, gemelo al hundido  “ MARIA EUGENIA” zarpo hace días atras del puerto local con el mismo ducto... Estando esto  certificado con rigor técnico y fehaciente en un acta con testigos.

El  apoderado de la empresa Sr. Luis Victoriano Valenzuela, el Prefecto Amado de la División Ambiental de la PNA Bs. AS, el Oficial Tumelo de la PNA Mar del Plata, el Sr. Jefe del Distrito Pesca de Mar del Plata Sr. González Trasante  dos Inspectores del mismo Distrito,el que suscribe y dos testigos son los firmantes del acta.

El Sr. Juez ordeno como medida una Inspección de Oficio a varios buques en mi presencia  "detectandose  que este gemelo al hundido tiene el mismo ducto" entre otras violaciones...

 El armador no puso la trituradora en marcha desobedeciendo  la orden del Juez aduciendo “No tener materia prima para esto por estar el buque en puerto” la cual puede funcionar perfectamente sin materia prima.

Algo tan absurdo que no resiste el menor análisis, y que dejo mas en evidencia que desde la Secretaria de Pesca nada se puede esperar mas que avalar actos de corrupción...

Quedo muy a la vista que de  la Prefectura nada se puede esperar  solo mas compromiso y connivencia  para con las poderosas empresas y menos con su deber...

Este buque es gemelo del hundido y si  le corriese la red por una falla técnica o humana  correrá la misma suerte de su “gemelo”  eso es inobjetable, la pregunta es ESTA VEZ SE SALVARAN TODOS, SERA CON BUEN TIEMPO, DE DIA , O LAMENTAREMOS MAS VIDAS...

 

LA SECRETARIA DE PESCA  DE HOY .

 

El Sr. Nieto sub. secretario de pesca nombrado por su amigo el Dr. Kirchner aparto del cargo de Interventora de la Dirección de pesca de la Nación, Señora Nelida Videla Sánchez, por DESLEALTAD...

Resulta que esta Señora denuncio en esta misma causa 15540 al Sr. Nieto por incumplimientos reiterados  de  sus deberes de Funcionario Publico el día 29 de diciembre del 2003. Dejando muy claro que Nieto cajonea ex profeso la Auditoria de la UBA permitiendo a los buques ilegales pescar libremente aun estando con Dictámenes de nulidad sus permisos de pesca por el Procurador del tesoro de la Nación...

Tampoco aplica el dictamen de la AGN del 2001 referente a tomar medidas por la contaminación y depredación del Mar Argentino y la violación sistemática a la Ley Federal de Pesca...

Como la impunidad todo lo puede avanzan cada día un poco mas para destruir todos los recursos pesqueros, de esto ya no hay duda alguna, tambien el calamar es gracias a esta "Runfla" otro recurso en emergencia...

Al observar "el prontuario" que precede a estos  funcionarios, pensar en el "Gordo Valor como presidente del banco Central " no seria tan descabellado...

 

NOMBRAMIENTOS ACTUALES:

 

Gerardo Nieto nombra su asesor al Sr. Carlos Saslasky,(ex  empleado de pesquera  Española Santacruceña EMPESUR- Ex - el motivo???) impune co participe responsable en su calidad de Representante de la empresa mencionada del Hundimiento del Buque ONTRE V en aguas de Brasil , tema jamás investigado a la fecha por la PNA ni juzgado alguno.(Causa 2751- Juz Fed. MdP y Juz Penal 1 de Huelva España.)

Carlos Ospital, actual recambio de la Interventora de la Dirección de Pesca de la Nación, experiencia en pesca, no puede distinguir un albatros de una merluza es Agente Gubernamental... Nadie puede comprender como pueden nombrar para este cargo tan especifico y con recursos en emergencia a alguien que desconoce absolutamente el  tema, tampoco se entiende como lo acepta...

Mano derecha de Carlos Ospital: Elisa Calvo, Jefa del área económica pesquera de la SAGPyA. Funcionaria que elaborara la tristemente celebre RES SAGPyA 73, “también se ocupa” de  la cuotificacion de buques Legales e Ilegales... Quien es Elisa Calvo???

1998

Asesora de la SRNyDS,   proponen a la Lic. Elisa Calvo que trabaje en una propuesta de reglamento del FONAPE.(Fondo Nacional Pesquero)

ACTA 28 2001 

 

1.1.- Reunión con el Grupo de Trabajo de Cuotificación que coordina la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

 

Se recuerda que en el día de ayer se reunieron los miembros del CFP presentes en el taller con el Grupo de Trabajo de Cuotificación que coordina la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (SSPyA) en la persona de la Lic. Silvia Marino y también con la Lic. Elisa Calvo, enlace del CFP con la Autoridad de Aplicación en el tema cuotificación

Causa Maria Julia ...

El juez Canicoba Corral  determinó también el procesamiento con prisión preventiva del ex subsecretario de Recursos Naturales Enrique Kaplan (el segundo de Alsogaray) y el procesamiento, sin prisión, de Santiago Bignoli, Arturo Bignoli, Aurora Cucchi, Lidia Blanco y Elisa Calvo. Alsogaray y Kaplan fueron embargados por 1.000.000 de pesos, cada uno. 
Elisa Calvo Estaría hoy en  Francia pues fue enviada por la Argentina para que nos “represente” en una reunión sobre pesquerías...

La proxima semana tambien viajaria a Nueva Zelandia G Nieto,Para Que..

Gracias a esta nueva TRANSPARENCIA tenemos hoy delincuentes en cargos claves  garantes de la destruccion y entrega del patrimonio pesquero Nacional.

 

Solicito al Señor Presidente y a los Señores Legisladores de manera Urgente :

 

1)     LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE TRANSFERIR EL PERMISO DEL HUNDIDO “MARIA ALEJANDRA” A BUQUE / S  ALGUNO. (traen de Europa 2 por el "Hundido")

2)     EL INMEDIATO INICIO DE ACCIONES RESARCITORIAS  DEL ESTADO ARGENTINO EN CONTRA DE LA EMPRESA POR LA CONTAMINACIÓN Y DEPREDACIÓN CAUSADA DESDE LA PASADA DECADA.

3)     LA EXIGENCIA INMEDIATA A TODAS LAS EMPRESAS DE BUQUES CONGELADORES QUE NO POSEEN PLANTAS DE HARINA, DEL SEGURO AMBIENTAL PREVISTO EN LA LEY GENERAL DE MEDIO AMBIENTE SO PENA DE NO AUTORIZAR SU ZARPADA POR VIOLAR CONCEPTOS PRECAUTORIOS DE LA MENCIONADA LEY.

4)     INICIAR ACCIONES RESARCITORIAS PARA EL ESTADO ARGENTINO SOBRE LOS ARMADORES DE LOS BUQUES SEÑALADOS EN LA AUDITORIA DE LA UBA COMO ILEGALES Y LOS BUQUES SEÑALADOS POR LA PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACION Y EL MINISTERIO DE ECONOMIA.

5)     INICIAR ACCIONES PENALES AGRAVADAS POR OMITIR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 25109 (DE EMERGENCIA PESQUERA) ART 8 PROMULGADA EN 1999 E INCUMPLIDA DESDE SU PROMULGACIÓN A LA FECHA. CONTEMPLANDO SOLO LOS CASOS DE AMPAROS INTERPUESTOS EN TIEMPO Y FORMA A ESTE ART EN PARTICULAR.

6)  PASAR A DISPONIBILIDAD A TODOS LOS FUNCIONARIOS VINCULADOS A ESTOS HECHOS Y PONERLOS A DISPOSICION DE LA JUSTICIA. (CONSEJO FEDERAL PESQUERO INCLUIDO)

 Si el Señor Presidente no aplica su discurso Anticorrupcion e insiste en  mantener esta clase de funcionarios lacras, sera responsable del GENOCIDIO de trabajadores y Recursos.

Si el Señor Presidente no ordena el sector pesquero sera tambien responsable de mas Compañeros ahogados en hundimientos POR CORRUPCION Y  EVITABLES !!!

LO QUE EL DR KIRCHNER NO SENTIRA...

Ninguno de ustedes puede sentir el dolor de la familia de los ahogados en  hundimientos .

El naufragado Pesquero "Jesus del Camino" ejemplifica que ninguno de ustedes puede medir el dolor de haber perdido compañeros y amigos como mi colega Jefe de Maquinas Hugo Grandy...

Esta gravisima denuncia la hago en su  Memoria,  ratificando mi compromiso en la defensa de trabajadores de la pesca y recursos Nacionales.

Dr Kirchner: Es hora de dejar de lado la hipocresia y colocar trajes a rayas

NUNCA MAS AHOGADOS POR CORRUPCION !!!

 

VIVA LA PATRIA SEÑOR PRESIDENTE!!!

                                                                                 ROBERTO V MATURANA

                                                                               Oficial de Marina Mercante

                                                                      0223-155212555- rv155@Infovia.com.ar

TEMAS RELACIONADOS :

MARTES 13-04-04: 
Investigaciones sobre recursos Ictícolas del mar Agentino 

NOTA :(©) Todas las informaciones son de libre difusión y uso siempre que se mencione la fuente ( Seprin.com) .