
Marzo 16, 2004 12:16
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COLUMNA : RECURSOS ITICOLAS DEL MAR ARGENTINO SR
PRESIDENTE SU INACCION ES COMPLICIDAD
El
cajoneo ex profeso de la auditoria hecha por la UBA lleva años
muy bien oculta y alcanza
también a las empresas radicadas en la patagonia ...
El
nombramiento como responsable pesquero de un delincuente como Gerardo
Nieto que llevara años dentro del consejo Federal Pesquero ratifica
la voluntad del ejecutivo para que nada cambie. Quizás la palabra delincuente
sea chocante pero la realidad es imposible de soslayar aunque
este recubierta de impunidad política.
(EXPLICACIÓN
RESUMIDA)
INFORME
UBA:
De
su lectura se desprende la inobjetable
y concluyente verdad. En la flota pesquera Argentina hay una significativa
cantidad de barcos que obtuvieron sus permisos ilegalmente. Buena parte
del Enorme enriquecimiento de las empresas propietarias de estos buques
podría ser explicado en la ilegalidad con la que funcionarios inexcusablemente
cómplices transfirieron recursos públicos a manos privadas. En este
camino se falseo documentación, burlaron leyes, decretos, resoluciones,
disposiciones y acuerdos internacionales, se renovaron permisos vencidos,
se incorporaron barcos factorías Europeos en reemplazo de lanchas de
madera, se transfirieron permisos de barcos inexistentes hacia otros
que aun pescan, se robaron hojas y expedientes, se autorizaron transferencias
de permisos de buques sin estudios comparativos ni dictámenes
jurídicos, se determino de forma arbitraria excedentes de capturas.
Se violo sistemáticamente la legislación aplicable.
Analizando
lo ocurrido en materia pesquera en la década del 90 , no es descabellado
pensar que esta se podría encuadrar en la figura de “asociación ilícita”
virtualmente comandada por el entonces secretario de Agricultura Ganadería
y Pesca hoy Gobernador de Buenos Aires ing. Felipe Sola.
Sin
embargo a pesar de la contundente documentación existente el consejo
federal pesquero sigue avanzando en la cuotificacion de buques ilegales...
El
Dr. Kirchner se mantiene fiel a su política Menemista
dice una cosa y hace otra, cubriendo
de silencio esta estafa millonaria a la Patria
como si no entendiese de que se trata la pesca, designa a
un hombre representante del loby provincial comprometido con
la inacción de años de complicidad como ex representante de Santa Cruz
en el Consejo federal pesquero.
Así
es como se destruye día a día la pesca Nacional y se continua dejando
libres a los empresarios que se enriquecen hasta hoy con el pescado
Nacional, las pruebas están a la vista.
Auditoria UBA.EXPTE.806308/93
AU459
MATRICULAS 5706,4645,50366246 SOLICITATRANSFERENCIA
PERMISOS DE PESCA B/P LETARE, PATAGONIA Y RIGEL,NAVEGANTES
C/exclusión
delangostino
LETARE
PATAGONIA
RIGEL
NAVEGANTES
Iniciador:
SOLIMENO E HIJOS S.A.
Características
de los buques:
Letare:
Fresquero de altura.
Patagonia:
Fresquero de altura.
Rigel:
no figura en listados
Navegantes:
Congelador
A
fojas 1, en fecha 29 de diciembre de 1993, se presenta Horacio Solimeno
e Hijos S.A. y manifiesta que ha adquirido el buque NAVEGANTES, el cual
cuenta con un permiso de pesca restringido, tanto en las especies a
capturar como en la zona de operaciones. Propone realizar un intercambio
de permisos de pesca entre las embarcaciones pertenecientes a la solicitante.
Propone ceder al Navegantes los permisos de pesca irrestrictos y definitivos
que poseen las embarcaciones LETARE, PATAGONIA Y RIGEL, y transferir
el permiso del Navegantes a las otras embarcaciones. Los buques Patagonia
y Letare son de propiedad de la peticionante, en tanto que el Rigel
fue adquirido recientemente a la firma PESCA NUEVA S.A.. Sostiene que
está en condiciones de acceder a un 98,33% de pesca irrestricta de acuerdo
a ciertos parámetros que agrega a fojas 2. Adjunta a fojas 3 boleto
de compraventa del Navegantes, copias certificadas de estatutos de Luis
Solimeno e hijos S.A. y de actas de directorio y asamblea (fs. 7/27),
copia certificada del certificado de matrícula correspondiente al LETARE
extendida en 27 de junio de 1984 a favor de Luis Solimeno e Hijos S.A.
(fs. 28), copia certificada del certificado de matrícula correspondiente
al PATAGONIA extendida en 11 de abril de 1979 a favor de Luis Solimeno
e Hijos S.A. (fs. 29), copia certificada del certificado de matrícula
correspondiente al RIGEL extendida en 19 de febrero de 1971 a favor
de Maresquel S.A. (fs. 30), copia simple de la escritura de la compraventa
judicial correspondiente al buque Rigel a favor de Pesca Nueva S.A.
(fs.31/40).
A
fs. 42 luce informe respecto de la actividad de los buques LETARE, PATAGONIA
y RIGEL, dando cuenta de que no se registra inactividad de los mismos
por plazo mayor a los 180 días.
A
fojas 44/97 obra resumen de las capturas realizadas por los buques mencionados.
A
fojas 99 obra informe sobre características técnicas de los buques LETARE,
PATAGONIA y RIGEL.
A
fojas 101 obra dictamen de la Delegación de Asuntos jurídicos, quien,
previo a expedirse sobre el fondo de la cuestión, solicita se agregue
el informe técnico comparativo, el cual obra a fojas 102. A fojas 104
obra boleto de compraventa del buque Rigel a Luis Solimeno e Hijos.
A
fojas 106, obra con fecha 5 de abril de 1994 dictamen jurídico por medio
del cual el Delegado no encuentra reparos que formular a la transferencia
de permisos solicitada.
A
fojas 108, con fecha 18 de abril de 1994, obra el acto por el cual se
aprueba la transferencia de los permisos del LETARE, PATAGONIA y RIGEL
al NAVEGANTES, el cual, por poseer mayor capacidad de captura, se lo
limita en cuanto al carácter de irrestricto del permiso que adquiere
al 73% de su capacidad de captura, quedando por el resto restringida
la captura de langostino y merluza. Por otra parte, se les concede a
los buques LETARE, PATAGONIA y RIGEL permiso restringido.
A
fojas 113, con fecha 11 de mayo de 1994, obra copia simple del permiso
provisorio por 60 días para el buque NAVEGANTES.
A
fojas 114, con fecha 13 de julio de 1994, Luis Solimeno e Hijos S.A.
solicita la renovación del permiso del NAVEGANTES.
A
fojas 116 obra copia simple del permiso de pesca provisorio otorgado
por 180 días a Luis Solimeno e Hijos S.A. en fecha 4 de agosto de 1994,
para el buque NAVEGANTES.
A
Fojas 117 obra un pase al Delegado de Asuntos Jurídicos para que dictamine
respecto del recurso jerárquico presentado por Luis Solimeno e Hijos
contra la Res. SAGYP 345/94, que es la que aprueba la transferencia
de los permisos. Hace
mención a un pase de fojas 47 que se encontraría pendiente, el cual
no pertenece a este expediente. En la nota de elevación al Delegado
se referencian dos expedientes: el presente y el 803200/94. Probablemente
el recurso tramite por éste último porque no obra hasta aquí en el expediente
en auditoría.
A
fojas 118 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del ministerio
de Economía fechado en 23 de mayo de 1995, por el cual se aconseja rechazar
el recurso jerárquico interpuesto. El recurso planteaba la existencia
de una dicotomía entre el considerando sexto de la Resolución, que establecía
un porcentaje de captura con carácter irrestricto y el artículo 2º de
la misma, que establecía un porcentaje total de captura que excluía
la especie langostino. A su vez, la Dirección de asuntos jurídicos aclaró
a fojas 54 del expediente por el que tramitó el recurso, que el 73%
de permiso irrestricto se otorga para la pesca de todas las especies
excluido el langostino, mientras que el 27% restante se otorga para
explotar las especies excedentarias. El fundamento de la distinción
es que el buque NAVEGANTES quedó excluido de la Resolución 1113 que
reglamenta la explotación del recurso langostino en razón de que el
buque tiene 58 metros de eslora.
A
fojas 119, obra copia certificada del permiso provisorio otorgado al
NAVEGANTES en fecha 4 de agosto de 1994, con exclusión del langostino.
A
fojas 120, con fecha 27 de abril de 1995, obra nota de Luis Solimeno
e Hijos S.A. por la que solicita la renovación del permiso del NAVEGANTES,
así como que se resuelva una petición aparentemente formulada en un
recurso interpuesto (que podría ser el jerárquico), para que se reduzca
la potencia total del motor principal del buque, lo que, según afirma,
le permitiría operar con un permiso totalmente irrestricto.
A
fojas 121, obra copia simple de la renovación por 180 días del permiso
con restricción de langostino otorgado al NAVEGANTES. Tal renovación
se extiende en fecha 11 de mayo de 1995. Se intima a presentar dentro
del plazo citado copia certificada del certificado de matrícula y del
título de propiedad del buque, bajo apercibimiento de declarar la caducidad
del permiso.
Aparentemente
habría notificación del apoderado de Luis Solimeno e Hijos S.A.
fojas 123 del expediente, aunque no consta en éste acreditación
de personería.
A
fojas 129 obra dictamen de la DELEGACION II de la DGAJ, el cual remite
a lo expuesto a fojas 118 para fundar el rechazo del recurso interpuesto.
Este dictamen es de fecha 15 de setiembre de 1995,
A
fojas 131/132 obra nuevo dictamen jurídico por el cual se vuelve a recomendar
el rechazo del recurso interpuesto con los mismos fundamentos que los
esgrimidos en el dictamen anterior.
A
fojas 135 obra nota agregada en fecha 13 de marzo de 1996 suscripta
por Antonio Solimeno en su carácter de residente de Pesquera Comercial
S.A. por la cual desiste del recurso interpuesto. Obviamente,
no puede desistir quien no recurrió.
A
fojas 136, con fecha 20 de marzo de 1996 obra un Memorándum suscripto
por el Jefe del departamento de Explotación Pesquera y dirigido al Director
de Control del Recurso Pesquero en el que manifiesta la conveniencia
de solicitarle al INIDEP que elabora un informe técnico para que determine
el método de cálculo de la capacidad de captura comparativa entre buques
fresqueros y congeladores, la incidencia de la potencia efectiva de
arrastre sobre dicho cálculo y si efectivamente, en condiciones normales
de operación, se usan todos los generadores, auxiliares y el acopiado
del motor principal. Esta solicitud está relacionada con una posible
contradicción en los términos de los informes de fojas 102 con el obrante
a fojas 77/78 del expediente 803.200/94 por el que tramita el recurso
jerárquico interpuesto y la petición de reducción de potencia del motor
para permitir la captura del langostino.
A
fojas 138 obra agregado informe técnico en respuesta de los puntos requeridos.
A
fojas 139, con fecha 8 de noviembre de 1995 obra solicitud de renovación
de permiso de navegantes.
A
fojas 140 obra copia simple del permiso provisorio otorgado en fecha
8 de noviembre de 1995 a favor del b/p NAVEGANTES.
A
fojas 144 obra copia simple del permiso provisorio otorgado en fecha
3 de mayo de 1996 a favor del b/p NAVEGANTES.
A
fojas 145 obra solicitud de renovación ingresada en 11 de octubre de
1996.
A
fojas 146 obra nota dirigida al Subsecretario de Pesca por el Director
de Control y Administración, fechada en 22 de octubre de 1996, por la
que informa que al NAVEGANTES se le ha venido renovando el permiso de
pesca provisorio desde el 11 de mayo de 1994, habida cuenta de que la
empresa no ha matriculado el buque a su nombre. Se
observa que no ha cumplido con lo requerido a fojas 121 pese a haber
vencido el plazo previsto en noviembre de 1995.
A
fojas 147 obra copia simple del Certificado Nacional de Seguridad de
la Navegación. Tiene fecha de vencimiento el 8 de mayo de 1998.
A
fojas 148 obra nota del Director de Control y Administración a Luis
Solimeno e Hijos S.A. solicitando presente el Certificado de Matrícula
a su nombre debidamente autenticado. Se notificó en fecha 1/11/96 a
fojas 150. Nada
dice respecto al título de propiedad solicitado a fojas 121.
A
fojas 151 obra copia simple del permiso provisorio con restricción de
langostino, otorgado al NAVEGANTES en fecha 30 de octubre de 1996.
A
fojas 152 obra una presentación de Luis Solimeno e Hijos S.A., ingresada
en fecha 12 de noviembre de 1996, por la cual comunican haber rescindido
la operación de compraventa del buque NAVEGANTES a Pesquera Comercial
S.A.
A
fojas 153 obra nota de Pesquera Comercial S.A. ingresada en 12 de noviembre
de 1996, por la cual informa haber rescindido la venta del b/p NAVEGANTES
a Luis Solimeno e Hijos S.A., y
solicita la extensión del permiso definitivo.
A
fojas 159 obra copia certificada del Certificado de matrícula del NAVEGANTES
extendido a nombre de Pesquera Comercial S.A., de fecha 29 de diciembre
de 1993.
A
fojas 157, obra copia simple del permiso definitivo otorgado al NAVEGANTES,
de propiedad de Pesquera Comercial S.A. con fecha 15 de noviembre de
1996, con restricción de la especie langostino.
A
fojas 164, con fecha 21 de julio de 2000 obra nota de Pesquera Comercial
S.A. solicitando permiso de pesca para operar en el área adyacente a
la ZEE.
A
fojas 165 obra copia simple del permiso extendido a favor del NAVEGANTES
en fecha 25 de julio de 2000 para operar en el área adyacente a la ZEE.
Se
observa lo siguiente: se han otorgado
permisos
provisorios
sucesivos
por ciento ochenta días en seis oportunidades, lo cual implicó la existencia
de permisos provisorios durante tres años, sin que en todo ese lapso
se haya registrado la agregación de la documentación exigida para extender
el permiso definitivo. La normativa vigente e invocada al momento de
extender la totalidad de los permisos provisorios son las Resoluciones
245/91 y 571/85. La Res. 245/91 sólo establece en su art. 11 que en
caso de transferencia de buque con permiso de pesca vigente, para acceder
a un permiso de pesca de similares características que el anterior,
el adquirente deberá presentar su solicitud dentro del plazo de 30 días
de realizada la transferencia. Respecto de los permisos provisorios,
establece en su art. 10 que se otorgarán por el mismo plazo que se otorgue
la matrícula provisoria en caso de proyectos aprobados.
En
el caso en análisis los buques tenían permiso definitivo, por lo que
corresponde, frente a la transferencia de la propiedad del buque, extender
los permisos en forma provisoria hasta que el adquirente cumplimente
la matriculación del buque.
Es
decir, no hay regulación específica respecto de plazos en los cuales
en un caso como el presente el adquirente del buque deba proceder a
la matriculación e inscripción como titular a los fines de acceder al
permiso definitivo. Sí en cambio la hay respecto del plazo para concretar
los proyectos. Es en esta inteligencia que la administración intimó
a Luis Solimeno e Hijos S.A. a que acompañe la documentación pertinente
a fojas 121.
Aun
así, es de hacer notar que pese a haberse intimado en oportunidad de
la renovación del permiso efectuada en 11/5/95 bajo apercibimiento de
declarar la caducidad del permiso, la misma jamás ha operado por inacción
de la administración.
En
otro aspecto, la Resolución 345/94 consideró a Luis Solimeno e Hijos
S.A. como propietaria pese a que sólo obraba en el expediente un boleto
de compraventa del buque, lo cual de por sí importa un vicio en su causa
que apareja nulidad. Además, la falta de acreditación del título por
el cual Luis Solimeno e Hijos S.A. explotaba el buque NAVEGANTES durante
tres años, importó la extensión de permisos de pesca provisorios sin
causa durante al menos dos años y medio. La rescisión posterior del
contrato de compraventa importa también la carencia sobreviniente y
definitiva de causa de la Resolución 345/94 (fs. 108/110), ya que la
misma disponía la transferencia de permisos de los buques LETARE, PATAGONIA
Y RIGEL al NAVEGANTES en virtud de la compra de éste por parte de la
sociedad propietaria de aquellos, y si bien los permisos pueden ser
transferidos sin que al mismo tiempo se transfiera el buque al cual
pertenecen, para que tal transferencia sea válida se requiere la acreditación
de la participación del titular del permiso en el paquete accionario
del adquirente en una proporción no menor al 25% (art. 6 del decreto
2236/91). En
tanto no se ha perfeccionado la venta del buque y no se ha acreditado
el extremo previsto en el párrafo anterior, la transferencia de los
permisos es nula. NAVEGANTE: fs. 154 (certificado de matrícula) L=58,00 m. en listado de pesca L=51,00 m.
Nota : Este buque sigue pescando ilegalmente y los nombrados cedentes tambien.
Mientras
se tiran miles de kilos de pescado fresco y bueno diariamente al mar
niños de la Argentina comen de tachos de basura.
VIVA
LA PATRIA SEÑOR PRESIDENTE !!!
No
perdono ni olvido
Yo
no me rindo
ROBERTO V MATURANA
Oficial de Marina Mercante
rv155@infovia.com.ar
-0223-155.212555
MARTES 09-03-04: MARTES
02-03-04:
MARTES 24-02-04:
MARTES 17-02-04: MARTES 10-02-04: MARTES 03-02-04 LA FALTA DE POLITICA PESQUERA Y CORRUPCION TERMINARA
CON LOS RECURSOS MARTES 30-12: MARTES 09-12: MARTES 02-12: MARTES 25-11:
MARTES 04-11: VER
INFORME : PARTE I VER INFORME PARTE II
MARTES 28-10: |
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