DECRETO 1369 26-07-01

 

16-08-01

DECRETO DEL GOBERNADOR MANFREDOTTI PARA LA INSTALCION DE BASES- DECRETO 1639/01 DEL 26 DE JULIO 2001- POR PEDIDO DE PRESIDENCIA DE LA NACION AUTORIDAD COMPETENTE NUCLEAR

NO SERIA UNA HECTAREA SINO 5 PARCELAS DE 1 HECTAREA CADA UNA.

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Visto el Expediente  N° 01175/01 del registro de Esta Gobernación , y

CONSIDERANDO:

 Que mediante Ley Nacional N°25022 se aprueba el “TRATADO DE PROHIBICIÓN COMPLETA DE ENSAYOS NUCLEARES “Adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York . Estados Unidos de América , el 10 de septiembre de 1996 que como obligación Básica el tratado establece que los Estados Partes se comprometen a no realizar Ensayos o explosiones Nucleares , y ha prohibir y prevenir cualquier explosión nuclear dentro de la Jurisdicción .Que el Articulo IV frl Tratado se establece u sistema Internacionalde Vigilancia compuesto por estaciones  monitoras hidoacústicas sismológicas de radionucleidos y de infrasónido .

Que el cuadro I-B del Anexo I del Protocolo del Tratado se encuentra Ushuaia como parte de la lista  de estaciones sismológicas que constituyen la red auxiliar del sistema de vigilancia .

Que del Estudio de Emplazamiento  para la instalación  de Ushuaia  realizado por la autoridad Regulatoria  Nuclear en conjunto con la secretaria técnica del tratado . Surge Como resultado la identificación dela zona  del Río Valdéz  cerca de la Laguna del Indio , según las coordenadas de ubicación  como Adjunto I de la Nota N°1733/00 de la  Auroridad Regulatoria Nuclear..

 

Que  dichas coordenadas corresponden a puntos que requieren una superficie de una(1) Hectárea  para ser afectada a cada estación, debiéndose garantizar el libre entre los mismos.

 

Que mediante la Nota  N°1733/00 La Autoridad Regulatoria Nuclear de pendiente de la Presidencia de la Nación, solicita a la Provincia la afectación de las tierras  identificadas en el considerando  quinto por el tiempo que subsista la obligación del Estado Argentino que consagra la ley 25022

 

Que en  consecuencia corresponde agfectar alas tierras en cuestión para la implementación del Sistema Internacional de Vigilancia para la prevención y Prohibición de Ensayos y Explosiones Nucleares.

 

Que el Suscripto se encuentra facultado para  el dicatado del presente acto administrativo en virtud  de los dispuesto por el art. 135de la Constitución Provincial .

 

Por ello 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE  TIERRA DEL FUEGO, Antártida E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR 

 DECRETA 

ARTICULO 1:  Declárese de Interés Publico Provincial el espacio geográfico delimitado por las 5 parcelas de  tierra fiscal   rural de superficie de una (1) hectárea  cada una , ubicada en la zona en la zona del Río Valdez en cercanías de la laguna del Indio Cuyas Coordenadas de centro de parcela croquis de ubicación  e identificación  con las letras A; B; C; y D se agregan Formando parte del presente  como ANEXO I

 

ARTICULO 2 :  Autorizar usos no forestales  en las tierras Fiscales delimitadas por cinco (5) parcelas  detalladas en el articulo 1 del presente ,

 

ARTICULO 3 : Afectar las cinco(5) Parcelas de tierra Fiscal rural detalladas en el artículo  1 del presente para la  implementación del Sistema Internacional  de Vigilancia para la Prevención y Prohibición de Ensayos y Explosiones Nucleares.

 

ARTICULO 4 : Determinar la vigencia dela reserva por Afectación, mientras subsista la Obligación del Estado Argentino para con el Tratado  de Prohibición Completa  de Ensayos Nucleares, Adoptado Por la Asamblea  General de las Naciones Unidas  y aprobada por ley nacional 25022

 

ARTICULO 5: Garantizar el libre Transito del personal técnico a través de los predios rurales que sean necesarios, a fin de desarrollar sus tareas de control en las estaciones de Ultrasonido .

 

ARTICULO 6: Arbitrar los medios a fin de gestionar la mesura correspondiente hasta su registro definitivo en la dirección de Catastro.

 

ARTICULO 7:  Remitir copia del presente a las siguientes dependencias : Secretaria de Planeamiento  y desarrollo, Subsecretaria de Recursos naturales , Dirección de Planificación Y Ordenamiento Territorial , Dirección de Catastro  Dirección de Desarrollo Agropecuario, Dirección de Pesca y Agricultura ,Dirección de Bosques Y Ambientes Naturales, Dirección de Minería ,    y Dirección de Gestión y Evaluación Ambiental .

 

ARTICULO 8: de forma.

 

MANFREDOTTI

Raúl. O RUIZ


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